Conforme la Resolución 2491 del 21 de agosto de 2012, el Presidente del Consejo Provincial de Educación RESUELVE: Que la licencia por maternidad y adopción establecida en el artículo 9 de la Resolución 233/98 (Régimen de Licencia del Estatuto del Docente de la Provincia de Río Negro, Ley 391) SERA DE 210 DIAS CORRIDOS.
Asimismo, en Acta Paritaria del 16 de agosto de 2012 se acuerda reemplazar la cantidad de horas de lactancia a utilizar por las docentes de acuerdo a la ley, POR TREINTA (30) DIAS DE FRANQUICIA PARA LA ATENCION DE LACTANTES, en el marco de la normativa vigente.
Teniendo presente lo que determina la Resolución 1077 del Consejo Provincial de Educación se otorgará una licencia de QUINCE (15) DIAS POR PATERNIDAD.